¿Qué características tendrá el proyecto de ley para la creación del Régimen de Promoción del Hidrógeno que se espera elevar al Congreso tras la apertura de las sesiones ordinarias de este miércoles? Repaso por las líneas clave.
Por Juan Pablo Pérez para HVH
- Apunta a la Promoción del Hidrógeno de Bajas Emisiones de Carbono y Otros Gases de Efecto Invernadero.
- Contiene 50 artículos.
- “Busca incentivar el desarrollo de toda la cadena de valor del hidrógeno de bajas emisiones, en sus etapas de producción, transformación, logística y transporte, así como la industria de bienes de capital asociada a esta cadena con el fin de fomentar el establecimiento de polos productivos y la generación del empleo”, informó Télam.
- “Pretende fomentar el desarrollo científico y tecnológico en hidrógeno de bajas emisiones y el escalado de tecnologías y sus componentes críticos, en los procesos de los denominados hidrógeno verde a partir de fuentes renovables de energía; azul obtenido de combustibles fósiles con captura de carbono, y rosa de origen nuclear”.
- Propone una vigencia de 30 años a partir de su sanción.
- Define las nuevas inversiones en bienes de capital e infraestructura elegibles.
- Hace foco en el fomento de la investigación, desarrollo, producción, transporte y comercialización nacional e internacional del hidrógeno así como el desarrollo productivo a lo largo de su cadena de valor.
- “Abarca a los parques de generación de energía renovables para el abastecimiento de plantas de electrólisis para la producción de hidrógeno verde; las plantas de reformado de gas natural, exclusivamente destinadas para la producción de hidrógeno azul; y las plantas de energía nuclear destinadas principalmente a la producción de hidrógeno rosa”.
- “También contempla las plantas electrolizadoras, la infraestructura de captura y almacenamiento de gases de efecto invernadero; las plantas de producción de vectores de hidrógeno, las obras de infraestructura destinadas a la obtención, procesamiento, almacenaje y despacho del hidrógeno de bajas emisiones y sus vectores, y las de almacenamiento de energía y transmisión”.
- Prevé: incentivos fiscales; amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias; acreditación o devolución anticipada del Impuesto al Valor Agregado (IVA); extensión a 10 años del plazo para computar los quebrantos y la deducción de la carga financiera del pasivo financiero.
- Plantea una integración mínima de contenido nacional del “35% al quinto año, 45% al décimo y 50% hasta el trigésimo”.
- La Agencia del Hidrógeno tendrá elaborará un “Plan de Desarrollo para la cadena de valor incluyendo objetivos de fabricación de bienes de capital, formación de recursos humanos, seguridad y cumplimientos de estándares ambientales internacionales, además de aprobar la Certificación de Origen y auditar los proyectos de inversión”.
- “Se proponen exenciones de los derechos de importación para consumo de bienes de capital, repuestos, partes, componentes e insumos que estén destinados a las diversas etapas de los procesos que involucren la producción de hidrógeno verde, rosa o azul, por un plazo de 10 años; y beneficios similares para los proveedores de la cadena de valor”.
- Estabilidad Fiscal de los proyectos de inversión de producción de hidrógeno por un plazo de hasta 30 años, si se solicita dentro de los primeros 10 años de sancionada la ley. Monto de libre aplicación de hasta el 50% de las divisas obtenidas en las exportaciones vinculadas con el proyecto.
- “Los derechos de exportación aplicables no pueden exceder alícuotas porcentuales máximas fijadas en 0% desde la entrada en vigor de la Ley hasta el año décimo cuando se trate de hidrógeno verde o rosa y sus vectores asociados y 1,5% en el caso de hidrógeno azul, con incrementos progresivos por plazos”.
Información sobre la Mesa Intersectorial del Hidrógeno aquí.